En este sentido, se ha resuelto por los tribunales que:
“[…] constituye un requisito de validez de la comunicación [del despido] que ésta contenga, con absoluta claridad, cuales son los hechos que habilitan al empleador para hacer uso de esta causal […] en el caso de autos, la misma comunicación hecha a cada uno de los trabajadores despedidos nada dice en relación con los hechos en que se funda la causal, lo que en la práctica impide tener un conocimiento previo de los trabajadores para poder impugnar dichas causales […]”.
(Corte de Apelaciones de La Serena, 29 de octubre de 2009)
Si no se exigiera expresar con claridad los hechos en que funda la causal de necesidades de la empresa, se vulnerarían gravemente los principios del debido proceso y el derecho a defensa de los trabajadores, pues no podrían probar que el despido es injustificado o improcedente